Calculadora del paro
El paro dura entre 4 meses y 2 años según lo que hayas cotizado, y paga el 70 % de tu base de cotización los 6 primeros meses y el 60 % después, con un mínimo y un máximo.
Calcula tu paro
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Cuánto dura
Depende de los días que hayas cotizado en los 6 años anteriores al despido o al fin del contrato, sin contar los que ya usaste para un paro anterior (art. 269 LGSS). Con menos de 360 días no hay prestación contributiva.
| Días cotizados | Días de paro | Aprox. |
|---|---|---|
| 360 a 539 | 120 | 4 meses |
| 540 a 719 | 180 | 6 meses |
| 720 a 899 | 240 | 8 meses |
| 900 a 1.079 | 300 | 10 meses |
| 1.080 a 1.259 | 360 | 12 meses |
| 1.260 a 1.439 | 420 | 14 meses |
| 1.440 a 1.619 | 480 | 16 meses |
| 1.620 a 1.799 | 540 | 18 meses |
| 1.800 a 1.979 | 600 | 20 meses |
| 1.980 a 2.159 | 660 | 22 meses |
| 2.160 o más | 720 | 24 meses |
Cuánto se cobra
La base es el promedio de tu base de cotización por desempleo de los últimos 180 días, sin horas extra (art. 270.1). Sobre ella se cobra el 70 % los 180 primeros días y el 60 % desde el día 181 (art. 270.2).
El resultado nunca baja del mínimo ni sube del máximo, que dependen de los hijos a cargo y del IPREM: 600,00 € al mes, más una sexta parte (art. 270.3).
| Hijos a cargo | Mínimo al mes | Máximo al mes |
|---|---|---|
| Ninguno | 560,00 € | 1.225,00 € |
| Uno | 749,00 € | 1.400,00 € |
| Dos o más | 749,00 € | 1.575,00 € |
IPREM de 600 € al mes fijado en la Ley 31/2022, de Presupuestos para 2023 (disp. adic. 90.ª), vigente mientras sigan prorrogados.
Ejemplo resuelto
Tres años cotizados (1.095 días), base de cotización de 1.800 € al mes y sin hijos:
- Duración: 1.095 días cotizados dan 360 días de paro (12 meses).
- Primeros 6 meses: 70 % de 1.800 € = 1.260 €, por encima del máximo sin hijos, así que se cobra el tope: 1.225,00 € al mes.
- Del 7.º al 12.º mes: 60 % de 1.800 € = 1.080,00 € al mes.
- Total bruto: 13.830,00 €.
Quién tiene derecho
- Estar en situación legal de desempleo: despido, fin de contrato temporal o extinción por causas objetivas, entre otras. La baja voluntaria no lo es (art. 267 LGSS); lo explicamos en finiquito por baja voluntaria.
- Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años (art. 266.b).
- Firmar el acuerdo de actividad: estar disponible para buscar empleo y aceptar una colocación adecuada (art. 266.c).
- No haber cumplido la edad de jubilación, salvo que no tengas los años cotizados para la pensión (art. 266.d).
Preguntas frecuentes
¿Cobro el paro si me voy yo?
No. Quien cesa voluntariamente no está en situación legal de desempleo (art. 267.2.a LGSS). La excepción es irte por un incumplimiento grave de la empresa (art. 50 del Estatuto).
¿El paro cotiza para la jubilación?
Sí: mientras cobras, el SEPE ingresa las cotizaciones a la Seguridad Social, pone la parte de la empresa y te descuenta la tuya de la prestación (art. 273.1 LGSS).
¿Las vacaciones no disfrutadas retrasan el paro?
Ese periodo cuenta como cotizado para calcular la duración del paro (art. 269.4 LGSS). Las vacaciones en sí se cobran en el finiquito: vacaciones no disfrutadas.
¿Qué pasa si encuentro trabajo y lo vuelvo a perder?
Si el nuevo empleo dura 12 meses o más, puedes elegir entre retomar el paro que te quedaba o cobrar el nuevo que generes (art. 269.3 LGSS).
Es un cálculo orientativo. La cuantía y la duración exactas las fija el SEPE al reconocer la prestación, con tus bases y días cotizados reales.
Otras calculadoras
- Calculadora de finiquitoDías del mes, vacaciones, pagas extra e indemnización según el motivo de la baja.
- Indemnización por despidoDespido objetivo, improcedente y fin de contrato.
- Días hábiles entre fechasCuenta días hábiles y plazos con los festivos de tu comunidad.
- Calendario laboral 2027Festivos nacionales y de cada comunidad autónoma.